El SERNAC demandó colectivamente a la ticketera Punto Ticket y a la empresa Pocker Producciones, por no cumplir con lo ofrecido a los consumidores respecto del evento “Juntos en Concierto”, espectáculo que se realizó a fines de agosto del año pasado en el Movistar Arena de Santiago.
El propósito de esta demanda, que fue declarada admisible el pasado 23 de febrero por la justicia, es que las empresas compensen adecuadamente a todos los consumidores que se vieron afectados, y que se apliquen las correspondientes multas por haber infringido la Ley del Consumidor.
Hay que recordar que el mencionado espectáculo ofrecía a los cantantes Pedro Fernández, Pimpinela y Marisela, pero ésta última artista nunca se presentó. Asimismo, los espectadores que asistieron al mencionado show, tuvieron que esperar casi dos horas para su inicio.
Tras estos hechos, el SERNAC recibió alrededor de 240 reclamos de consumidores afectados.
Se trata de un concierto que se desarrolló en agosto pasado, donde actuarían Pedro Fernández, Pimpinela y Marisela, pero esta última cantante no se presentó. El Director Nacional, Ernesto Muñoz, indicó que el Servicio busca con esta demanda colectiva que todos los consumidores que se vieron afectados por este problema sean adecuadamente compensados, además la justicia le aplique a ambas empresas las multas correspondientes, pero por sobre todo, frenar las malas prácticas en un mercado cada vez más demandado por la ciudadanía.
“No es aceptable que los consumidores pagan por un servicio y las empresas no cumplan con lo comprometido”, enfatizó Muñoz.
Derechos de los consumidores
El Servicio busca que la justicia determine compensaciones para los consumidores que se vieron afectados y además le aplique las multas respectivas a ambas empresas por haber infringido la Ley. Ernesto Muñoz explicó además que es importante que los consumidores conozcan sus derechos en materia de espectáculos, entre ellos, a recibir información respecto de las fechas, los horarios, lugar, entre otros, y a que se cumpla al pie de la letra lo prometido.
Agregó que los eventos deben desarrollarse siempre en condiciones de seguridad, lo que incluye que cuenten con los permisos y las autorizaciones correspondientes que lo garanticen.
Por otro lado, el número de las entradas vendidas deben corresponder a la capacidad real del recinto, pues la Ley sanciona la sobreventa, porque pone en riesgo la seguridad de los asistentes.
Ante la suspensión del espectáculo, el cambio de las condiciones contratadas o incumplimientos, los consumidores tienen derecho a que se devuelva todo lo pagado, incluyendo el cargo por servicio.
Los consumidores tienen derecho a ser indemnizados o reparados por todos los daños que el cambio del evento o cualquier incumplimiento les haya causado.